Objeto:
– Obliga a tiendas, restaurantes, baños públicos y negocios medianos o grandes de la CDMX a instalar cambiadores de pañales en baños de hombres y mujeres.
– Exenta a negocios pequeños (menos de 100 personas de aforo o menos de 150 m²), gimnasios y masajes. Los que incumplan tendrán 180 días para instalarlo o enfrentarán una multa de hasta 350 veces la UMA.
Estatus: 2026-07-22- Publicada en la Gaceta Oficial
Consultar: https://gepsie.com.mx/DocumentosAsunto/Decreto-CDMX-Establecimientos-Cambiadores-de-Pa%C3%B1ales.pdf
♟Grupo Estrategia Política♟
X: @GEP_Consultoria
https://x.com/gep_consultoria