Nuevo Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco

Unidos en un mismo objetivo, CONCAMIN, CCE, ANTAD, CANACINTRA, CONCANACO, CONAINTA y CANIRAC alertamos sobre el impacto que generarán las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco que entrarán en vigor este 15 de enero del 2023.

Los organismos participantes, coincidimos en la necesidad de promover acciones para proteger la salud y compartimos la necesidad de impulsar políticas públicas que tiendan a la prevención del consumo del tabaco. Respaldamos ampliamente que se informe a la población sobre los riesgos y el daño que provoca fumar.

 

No obstante, la emisión, la aprobación y la publicación del Reglamento no se adhirieron al debido proceso establecido en la Ley. El Reglamento rebasa lo previsto en la Ley: la Secretaría de Salud excede sus facultades al asumir funciones de legislador y sería la primera vez en el país que por disposición oficial se oculte un producto legal para su venta.

 

Asimismo, las empresas de la industria del tabaco, las organizaciones empresariales, así como la ciudadanía, publicaron en el portal de CONAMER, más de 900 comentarios alusivos al impacto social y económico que generará este Reglamento. Sin embargo, los argumentos expresados no fueron tomados en cuenta.

 

En México el tabaco es legal y está regulado en la Ley General para el Control del Tabaco; un producto cuya comercialización es legítima, por lo cual la prohibición de su exhibición resulta infundada. La prohibición de la exhibición del tabaco no solo afectará económicamente a los pequeños negocios que han sido severamente dañados por la pandemia, sino que impactará también de forma injustificada a la libertad de comercio y a los derechos de los consumidores a la libre elección.

 

La exhibición tiene un fin y características distintos a la publicidad, al ser informativa para el consumidor. Su prohibición dejará a los productos de tabaco legales en igualdad de circunstancias de los ilegales. Cabe destacar que la industria ilegal equivale ahora al 20% del consumo nacional.

 

Por otra parte, no existe alguna justificación sanitaria para que el Reglamento prohíba la prestación de servicios o consumo de alimentos o bebidas en las zonas exclusivamente para fumar.

 

Esta regulación genera inseguridad jurídica y desconoce las cuantiosas inversiones realizadas por restaurantes para adecuar las zonas para fumadores, por lo que, desde CANIRAC apoyaremos con asesoría jurídica a los restauranteros que consideren que serán afectados y quieran ampararse.

 

El reglamento contiene múltiples violaciones a tratados comerciales, específicamente en materia de protección de inversiones, libertad de comercio y derechos humanos. Consideramos que se ponen en riesgo miles de empleos y futuras inversiones en nuestro país, justo en un momento en el que la economía mexicana más lo necesita.


Para tener un Estado de Derecho es necesario que todas las partes respeten la Ley. Por lo que solicitamos que el gobierno así lo haga y se genere certeza jurídica.

 

Las empresas, los comercios e industria tenemos toda la disposición de colaborar, invertir, generar empleos y cumplir con la Ley. Para lograrlo, hacemos un llamado a las autoridades a respetar el Estado de Derecho y reconsiderar políticas prohibicionistas que atentan contra de la libertad de comercio, los trabajadores y los consumidores.